lunes, 20 de abril de 2009

3.1.2 Desarrollo Sustentable Conceptos


El desarrollo sustentable es un proceso integral que exige a los distintos actores de la sociedad compromisos y responsabilidades en la aplicación del modelo económico, político, ambiental y social, así como en los patrones de consumo que determinan la calidad de vida. Para competir en mercados nacionales y extranjeros el sector productivo debe incorporar la sustentabilidad en sus operaciones, relaciones con los trabajadores y la comunidad.

3.1.1 Estilos de Desarrollo


Ecosistemas y Recursos Naturales

• Involucrar a las organizaciones comunitarias en la gestión de los parques nacionales y otras áreas protegidas.

• Respaldar a la población local en el control de los inventarios de la biodiversidad y remunerar a los que tienen conocimiento tradicional para colaborar en la protección de uso sostenible de la biodiversidad.

• Monitorear y publicitar las fuentes locales de contaminación.

• Crear organismos de multi-interesados directos para la planificación sobre el uso local del suelo, inclusive el monitoreo y componentes de evaluación, vinculándolos a la planificación al nivel nacional, especialmente respecto a las áreas de recursos naturales tales como: minería, forestal, pesca y agricultura.

• Involucrar a las organizaciones comunitarias en la gestión de los parques nacionales y otras áreas protegidas. • Respaldar a la población local en el control de los inventarios de la biodiversidad y remunerar a los que tienen conocimiento tradicional para colaborar en la protección de uso sostenible de la biodiversidad.

• Crear organismos de multi-interesados directos para la planificación sobre el uso local del suelo, inclusive el monitoreo y componentes de evaluación, vinculándolos a la planificación al nivel nacional, especialmente respecto a las áreas de recursos naturales tales como: minería, forestal, pesca y agricultura.

jueves, 16 de abril de 2009

3.1 La Planificacion para el Desarrollo

La planificación para la conservación y el uso sustentable de la biodiversidad no es un hecho estático con principio y final, más bien puede percibirse como un proceso continuo y dinámico que refleja los cambios en el entorno socio-ambiental cuyo objetivo es promover el desarrollo sustentable. Uno de los resultados más importantes de la planificación es la generación de estrategias, éstas pueden ser entendida como “la determinación de metas y objetivos básicos a largo plazo, la adopción de cursos de acción y la asignación de recursos necesarios para alcanzar dichas metas.”

En este sentido la Estrategia Nacional sobre Biodiversidad de México (ENBM) se presenta como el conjunto de líneas estratégicas y acciones cuyo propósito es el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) mediante un proceso continuo de participación y actuación de los sectores de la sociedad mexicana.

Para poder alcanzar los objetivos planteados en el CDB y llevar a cabo las acciones de la ENBM desde una perspectiva federalista, la CONABIO ha iniciado un proceso en varias entidades del país con la participación de gobiernos estatales y representantes de los diversos sectores de la sociedad con la finalidad de desarrollar las Estrategias Estatales sobre Biodiversidad (EEB).

Sin lugar a dudas, las EEB serán una herramienta de planificación para poder establecer las acciones y recursos que cada entidad necesita para conservar y utilizar de manera sustentable la diversidad biológica. Para la formación de las EEB es necesario realizar un diagnóstico previo sobre la biodiversidad del estado en sus diferentes niveles (genético, de especies, de ecosistemas), y gracias a este diagnóstico es posible establecer las metas y prioridades para su preservación y aprovechamiento.

En tal virtud, para cada entidad se busca completar en un inicio, dos documentos de planificación estratégica importantes:

1. Estudio de Estado

2. Estrategia Estatal sobre Biodiversidad

Posteriormente habrá de darse un seguimiento y control adecuados al desarrollo de leyes, planes y programas estatales específicos en los que se asignarán tiempos, recursos y actores a las acciones de conservación y utilización sustentable de la biodiversidad.

UNIDAD 3 Desarrollo sustentable y evolucion de la legislación ambiental

La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:

I. - Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar;
II. - Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación;
III. - La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
IV. - La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas;
V. - El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas;
VI. - La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;
VII. - Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
VIII. - El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX - G de la Constitución;
IX. - El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre autoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, en materia ambiental,
X. - El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales que correspondan. En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en otras leyes relacionadas con las materias que regula este ordenamiento